*Los libros de Texto Gratuitos de primaria y secundaria no podrán seguir siendo distribuidos por orden judicial

*Considera la impartidora de justicia que han elementos suficientes para ordenar la suspensión definitiva

*Hasta nueve años de prisión a quien desacate la sentencia de la jueza

Yadira Elizabeth Medina Alcántara, titular del Juzgado Tercero en Materia Administrativa en la Ciudad de México, dictó sentencia en el amparo promovido por la Unión Nacional de Padres de Familia contra la distribución de los Libros de Texto Gratuitos, quienes argumentaron que tales textos son perjudiciales para la niñez y la juventud.

La impartidora de justicia concluyó que existen elementos suficientes para determinar la suspensión definitiva en el amparo promovido por los padres de familia, en base a lo previsto por el artículo 146 de la Ley de Amparo, por lo cual legalmente la Secretaría de Educación Pública y los gobiernos de los estados quedan impedidos para continuar con la distribución de dichos libros.

Por mandato judicial los textos tendrán que ser depositados en un almacén y frenar su distribución, pero aclara la jueza que la concesión de la medida cautelar no surtirá efectos respecto de actos diversos a los señalados en el escrito inicial de demanda, sino sólo en los aspectos procesales que en el citado juzgado se realizaron.

Añade que conforme a lo establecido en los artículos 135 y 136 de la Ley de Amparo, la medida cautelar que se concede surte efectos desde ahora y hasta que quede firme la resolución que se emita en el expediente principal que derivó de dicho incidente.

Se deberán usar los textos del ciclo anterior

En la sentencia se precisa que la resolución no impide que pudiera continuar tal distribución de los citados libros de texto gratuitos para el ciclo 2023-2024 siempre y cuando estos materiales de estudio sean acordes con los programas y planes de estudio que hayan cumplido con las garantías reforzadas de intervención de gobiernos estatales y de la ciudadanía, aunado a que deberá considerar la temporalidad necesaria para la respectiva capacitación de las personas educadoras.

La jueza declara que si dichos textos no cumplen con lo establecido se deberán usar en el próximo ciclo, los textos del ciclo inmediato anterior.

Subraya que de no observarse las reglas en comento, para la aprobación de planes y programas, se suspenda la impresión y entrega de los libros de texto para el ciclo escolar 2023-2024 y se abstengan de continuar con su edición e impresión, hasta en tanto se haya observado el procedimiento respectivo previsto en la ley para la determinación de dichos planes, programas y libros.