*La reforma amenaza con despojar a millones de trabajadores de sus ahorros: Medina Ramírez
JUAN GARCÍA HEREDIA
Mientras este 22 de abril de 2024, la mayoría en la Cámara de Diputados aprobó la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar, el legislador priísta Tereso Medina Ramírez alertó que la reforma amenaza con despojar a millones de trabajadores mexicanos de sus ahorros.
«El problema es que confisca el ahorro de los trabajadores mayores de 70 o 75 años, enviándolos a un Fondo de Pensiones junto con sus subcuentas de vivienda y pretende tomar las cuentas de las y los trabajadores que no han sido reclamadas», recalcó el diputado del Partido Revolucionario Institucional (PRI).
Así pues, por 252 votos a favor, 212 en contra y cuatro abstenciones, dicho organismo colegiado aprobó, en lo general y en lo particular de los artículos no reservados, el dictamen que reforma, adiciona y deroga diversas disposiciones secundarias para la creación del Fondo de Pensiones para el Bienestar.
«Su propósito es recibir, administrar, invertir y entregar los recursos que le sean aportados; será constituido por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público como un fideicomiso público no considerado entidad paraestatal, en el cual el Banco de México actuará como fiduciario», según informes de la Cámara Baja.
Asimismo, se explica que las Administradoras de Fondos para el Retiro (Afores), las instituciones que realicen funciones similares de naturaleza pública, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir los recursos de las Subcuentas de Retiro, Cesantía en Edad Avanzada y Vejez, al momento en que los trabajadores cumplan 70 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar, debiendo notificar de cada traspaso al Instituto Mexicano del Seguro Social el mismo día en que se realice. Esto no será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el Instituto.
«Estipula que en caso de que la o el trabajador cumpla 70 años sin que éste o sus beneficiarios hubieren ejercido su derecho a recibir los recursos de la Subcuenta de Vivienda, el INFONAVIT deberá transferir dichos recursos al Fondo de Pensiones para el Bienestar. Esto no será aplicable para los trabajadores en activo», señala la información de la Cámara de Diputados.
Añade que, para el caso de las y los trabajadores del Estado, el PENSIONISSSTE o las administradoras, así como las administradoras prestadoras de servicio, deberán transferir dichos recursos, al momento en que los trabajadores cumplan 75 años, sin necesidad de resolución judicial, al Fondo de Pensiones para el Bienestar. Esto no será aplicable a los recursos de los trabajadores que cuenten con una relación laboral activa ante el ISSSTE.
Al fundamentar el dictamen, la presidenta de la Comisión de Seguridad Social, diputada morenista Angélica Ivonne Cisneros Luján, indicó que el documento, aprobado por mayoría en la instancia legislativa (dicha comisión) el pasado 18 de abril, reforma diversos ordenamientos para crear el Fondo de Pensiones para el Bienestar y su objetivo es que los trabajadores y trabajadoras que se han visto afectados por el sistema de cuentas individuales que administran las Afores puedan jubilarse con el cien por ciento de su salario promedio de cotización, hasta un monto máximo del salario mensual promedio registrado en el IMSS.
«Las fuentes de ingresos que se considera para la creación del Fondo de Pensiones son diversas, destacando, entre ellas, el 75 por ciento de los ingresos que obtenga el Instituto para Devolver al Pueblo lo Robado, la recuperación de adeudos que entidades tienen con las instituciones federales de seguridad social con las que han signado convenios para el otorgamiento de diversas prestaciones, los recursos de las subcuentas inactivas de retiro por cesantía en edad avanzada y vejez gestionadas por las Afores y que desde 2020 se legisló que debían ser enteradas al IMSS e ISSSTE, así como los rendimientos de las inversiones realizadas», puntualiza un comunicado de la Cámara.
Por su parte, el diputado panista Santiago Torreblanca Engell dijo que es falso que la reforma busca que la pensión sea equivalente al último salario promedio de cotización.
«El documento reforma y adiciona las leyes del Seguro Social, del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, de los Sistemas de Ahorro para el Retiro, Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, Federal para la Administración y Enajenación de Bienes del Sector Público, y del decreto por el que se extingue el Organismo Público Descentralizado denominado Financiera Nacional de Desarrollo Agropecuario, Rural, Forestal y Pesquero, y abroga su Ley Orgánica, publicada en el Diario Oficial de la Federación el 29 de mayo de 2023», aclara la información.